may 07 2013
Para usuarios de DATISA – Plazos de Pago en la Memoria
Consideraciones legales
Podemos considerar que los plazos de pago como “el tiempo que transcurre desde la recepción de la mercancía o prestación del servicio, hasta el abono del mismo”. Sin importar que la factura se haya recibido con anterioridad o no.
Estos plazos de tiempo fueron regulados mediante la Ley 15/2010, de 5 de julio, y posteriormente modificados mediante el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero.
Según la Resolución del 29 de diciembre del 2010 de ICAC, los importes pagados dentro o fuera de los plazos legales, tienen que quedar reflejados en la Memoria.
La funcionalidad incluida en las aplicaciones SPPED CODA y ASESDA, denominada “Plazos de pago” nos permitirá obtener, de forma automática, la información que debe contener la Memoria en la presentación de las Cuentas anuales.
Plazos de pago
Los plazos máximos legales de pago aplicables desde la fecha de entrega del bien o prestación del servicio tendrán que ser:
Datos a incluir
Se reflejaran en el siguiente cuadro, separando los importes pagados dentro del plazo legal, los importes pagados fuera del plazo legal, la suma de ambos y los pagos pendientes de realizar a la finalización de ejercicio.
Obtención de la Información
Elaborar este tipo de informes puede resultar una tarea compleja para cualquier departamento. Los plazos de pago varían en función del tipo de empresa y pueden existir distintas circunstancias de pago que pueden darse con varios proveedores e incluso con el mismo proveedor.
Con las aplicaciones de DATISA podremos disponer de esta documentación de forma automática, permitiéndonos seleccionar tanto el tipo de empresa, como un rango de proveedores, ya que quizá resulte más cómodo realizar un estudio individual de los mismos.
Puesto que cada empresa gestiona los pagos de forma distinta, el programa posibilita obtener la información mediante dos formas distintas: desde los datos reflejados en la contabilidad, o los datos reflejados en la Previsión de Cobros y Pagos.
Datos Contabilidad
La aplicación conoce si el pago se ha realizado dentro del plazo legal o fuera del plazo legal, apoyándose en las fechas de los asientos contables de compra y pagos. De esta forma si la diferencia entre dichas fechas es inferior al plazo legal, se consideraran dentro del plazo legal y viceversa.
Como es lógico para un solo proveedor, habrá varios asientos contables de las distintas compras realizadas en un periodo y tendremos contabilizados distintos asientos de pagos de dichas facturas en función de cuando se vayan realizando.
Para casar cada factura con su pago, es preciso puntear ambos movimientos, de la cuenta del proveedor, con el mismo código de punteo. De esta forma el programa conoce la fecha de la compra de la mercancía o prestación de servicio y la fecha del pago. Aquellas facturas no punteadas con sus correspondientes pagos se consideraran no pagadas.
Puesto que la aplicación permite distintos punteos de forma manual o de forma automáticas (por concepto, por importe, por tipo de movimiento o entre fechas), el proceso de punteo resulta rápido y fiable.
Las posibilidades de poder comprobar los punteos realizados son varias. Cabe destacar el listado denominado Justificación de Saldos, el cual permite la agrupación de aquellos movimientos que se han punteado con el mismo código.
Datos Previsión de Cobros y Pagos
Con esa opción los datos son recogidos de la aplicación Previsión de Cobros y Pagos. Sera necesario por lo tanto haber gestionado con precisión los pagos desde dicha aplicación.
Para clasificar los pagos que se han realizado dentro del plazo legal o fuera del mismo, el programa nuevamente, estudiara la diferencia entre la fecha de la factura y la fecha de vencimiento (que se actualiza al ejecutar la acción de pago).
Independientemente del Tipo de Documento, se consideraran pagados aquellos documentos que se encuentren en las situaciones de Aceptado (24), Pendiente de pago (25) y Pagado (26). En distintas situaciones se suponen no pagados.
Resultados
Independientemente del método seleccionado, los resultados se muestran por pantalla, pudiendo generar la información, además, en un fichero en hoja de cálculo o en un listado.

Dicha normativa desarrollada por la “
Para salvar este ‘inconveniente’ y facilitar la provisión de la información requerida, en plazo y forma, los modernos sistemas de gestión están introduciendo una serie de automatismos, basados en dos formas de obtener el cuadro “plazos de pago” que debe figurar en la Memoria. Ambos métodos tienen sus ventajas y sus limitaciones, y cada compañía necesita elegir y aplicar aquel que se ajuste mejor a su manera de registrar los pagos.
En resumen, la Ley trata de desvincular las operaciones comerciales de las necesidades financieras de los clientes, de forma que cada sociedad disponga de los recursos financieros que necesite para el desarrollo de su actividad productiva y comercial. Se implanta de forma gradual.
Por otro lado, la disposición adicional tercera señala: «Las sociedades deberán publicar de forma expresa las informaciones sobre plazos de pago a sus proveedores en la Memoria de sus cuentas anuales, habilitando el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) para resolver sobre la información oportuna a incorporar en la Memoria de Cuentas Anuales de las empresas para que, a partir de las correspondientes al ejercicio 2010, la Auditoría Contable contenga la información necesaria que acredite si los aplazamientos de pago efectuados se encuentren dentro de los límites indicados en esta Ley.
Cuando la memoria corresponde al modelo normal (es decir, no es obligatorio en los modelos abreviado y pymes) hay que incluir el PMPE de pagos (Período Medio Ponderado de pagos Excedidos) en días. Esta ratio, como su nombre sugiere, no tiene en cuenta los pagos en plazo, y en al cálculo tienen más influencia los de mayor importe.
Este año hay novedades para la presentación de cuentas, el 14 de marzo se publicó en el
La tributación por Internet no es el único ámbito de procesos, cuya tramitación facilitan los modernos sistemas ERP para aprovechar todas las ventajas que aporta la e-administración. Otra área donde estas herramientas resultan especialmente útiles, es en la presentación de los Libros al Registro Mercantil, procedimiento en el que todavía existe la posibilidad de la presentación en papel, en el llamado formato digital y/o por Internet.
En definitiva, y aunque sea a regañadientes, estamos avanzando hacia una Administración totalmente telemática, y cuanto antes entiendan las empresas esta realidad, antes tendrán la capacidad de prepararse y aprovecharla.
El objetivo de una aplicación de contabilidad es poder realizar un tratamiento y explotación del dato a distintos niveles. Primando dos intereses fundamentales:
Las facturas recibidas y expedidas conforman el principal soporte documental de nuestras operaciones con terceros (clientes, proveedores,…), y son el origen de los datos que a través de las Declaraciones hay que presentar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Desde nuestro punto de vista, la aplicación debe estar diseñada para que la generación de los asientos contables sea tan automática como sea posible, y de forma que la información que presentan las consultas y listados tenga entidad contable, analítica, y administrativa.
A través de la Contabilidad Analítica, como ya hemos comentado en
La aplicación puede incorporar un
Las operaciones de terceros (compra, venta,…) representadas a través del registro de facturas, generarán automáticamente en el módulo de cartera las correspondientes previsiones de cobro/pago, a partir de las formas de pago empleadas.
Siempre ha sido nuestra prioridad dotar al Departamento de Administración de las herramientas necesarias que le ayuden a mecanizar otras tareas del día a día, que sin tener un contenido puramente contable, la gestión manual de las mismas genera una gran carga de trabajo.